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Marco Jurídico

Las emergencias que frecuentemente afectan al país no sólo ponen a prueba la estructura de respuesta de la CNE, sino que también permiten valorar los alcances del nuevo marco jurídico creado para tales fines, la Ley Nacional de Emergencias y Prevención de Riesgos (Ley N° 8488, aprobada en enero del 2006) .

Este nuevo instrumento jurídico le dio a la CNE el papel rector en materia de prevención de desastres y atención de las emergencias, pero también lo fortaleció, mediante la obligatoriedad de todo el Estado costarricense de incorporar dentro de sus planes de desarrollo y presupuesto, el tema de la prevención.La CNE, apoyada por este novedoso marco jurídico, tuvo la facultad de responder con prontitud, agilidad y eficiencia a una temporada atípica de emergencias.

Le permitió a la institución enviar a tiempo la ayuda humanitaria y atender la emergencia con suficientes recursos, mediante el concepto de Primer Impacto.Sin embargo, lo más novedoso y que contribuyó a dar una respuesta inmediata de la CNE a la población, fue la atención de las emergencias no declaradas, eventos que por su dimensión no pueden tener una declaratoria de Emergencia Nacional, pero que tienen un impacto grande a nivel de la comunidad.

Además, la ley respaldó las acciones de reconstrucción con un componente preventivo que la institución viene realizando en toda la geografía nacional, con reparación de puentes, rehabilitación de caminos, construcción de diques y, además la capacitación y educación de la población en el tema de la gestión del riesgo.

Protege también, los esfuerzos que la institución realiza en la integración del Sistema Nacional de Prevención de Riesgos, mediante el cual incorpora y responsabiliza a nuevos actores en la atención de las emergencias y el tema del riesgo, especialmente, a los diferentes municipios.Por otra parte, el reglamento de la ley fue publicada en la Gaceta Número 52 del 13 de marzo del 2008.


 

ImageLey Nacional de Emergencias y Prevención de Riesgos N° 8488. Este nuevo instrumento jurídico le dio a la CNE el papel rector en materia de prevención de desastres y atención de las emergencias.

Ver Ley

Convenios

 

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Decretos de Emergencias Vigentes Los decretos constituyen el ingrediente legal necesario para aplicar el régimen de excepcionalidad que establece la ley 8488, Ley Nacional de Emergencias y Prevención de Riesgos.

Ver Decretos

 

ReglamentosReglamento a la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo

 

Ver Reglamento